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RGPD (Reglamento General de Protección de Datos)

Marco europeo que regula la recopilación, el tratamiento y la circulación de los datos de carácter personal.

Dernière mise à jour22 de agosto de 2026

A quién afecta

Toda organización establecida en la Unión Europea que trate datos personales, así como toda organización fuera de la UE que dirija su actividad a personas situadas en la UE o las monitoree (oferta de bienes/servicios, seguimiento de comportamiento).

Qué exige la norma

Base legal identificada para cada tratamiento, mantenimiento de un registro de tratamientos, medidas de seguridad proporcionadas al riesgo, información a las personas concernidas, gestión de derechos (acceso, rectificación, supresión, portabilidad), evaluación de impacto (EIPD) para los tratamientos de alto riesgo, marco para las transferencias fuera de la UE, notificación de las violaciones de datos a la autoridad de control competente y, según los casos, a las personas concernidas.

Etapas de cumplimiento

01

Cartografía de los tratamientos y de los flujos de datos personales

02

Identificación de las bases legales y actualización del registro de tratamientos

03

Evaluación de impacto (EIPD) para los tratamientos de alto riesgo

04

Implementación de las medidas de seguridad técnicas y organizativas

05

Formalización de los procedimientos de ejercicio de derechos y de notificación de violaciones

Errores frecuentes

  • Registro de tratamientos incompleto o no actualizado
  • Ausencia de EIPD en tratamientos que son, sin embargo, de alto riesgo
  • Transferencias de datos fuera de la UE sin mecanismo de garantía (cláusulas contractuales tipo, decisión de adecuación)
  • Procedimiento de notificación de violaciones nunca probado antes de que ocurra un incidente

Correspondencia con otros marcos (UCM)

MarcoCubierto
loi-09-08-cndp
nis2

Recurso descargable

Reciba la checklist por correo electrónico.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica el RGPD a una empresa marroquí?

Sí, si trata datos de personas situadas en la UE en el marco de una oferta de bienes o servicios, o de un seguimiento de su comportamiento, independientemente de su lugar de establecimiento.

¿Qué diferencia existe con la Ley 09-08 (CNDP)?

Ambos marcos comparten principios cercanos (consentimiento, finalidad, seguridad), pero dependen de autoridades y ámbitos de aplicación distintos; una organización activa en Marruecos y en Europa debe generalmente cumplir con ambos.

¿Es obligatorio un delegado de protección de datos (DPO)?

Lo es en ciertos casos definidos por el reglamento (autoridad pública, seguimiento a gran escala, tratamiento a gran escala de datos sensibles); fuera de esos casos, su designación sigue siendo una buena práctica de gobernanza.

¿Qué cubre concretamente una EIPD?

Una evaluación de impacto relativa a la protección de datos describe el tratamiento, evalúa su necesidad y proporcionalidad, identifica los riesgos para las personas concernidas y las medidas para reducirlos.